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El Grupo de Trabajo sobre las Empresas Comerciales del Estado tiene a su cargo la labor de la OMC relacionada con las empresas comerciales del Estado, definidas como empresas gubernamentales y no gubernamentales, incluidas las entidades de comercialización, que se ocupan del comercio de mercancías para su exportación y/o importación. El artículo XVII del GATT de 1994 es la principal disposición que trata de las empresas comerciales del Estado y de sus actividades.
Entendimiento relativo a la Interpretación del Artículo XVII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994
Notificacio´n del Peru conforme al pa´rrafo 4 a) del arti´culo XVII del GATT de 1994 y al pa´rrafo 1 del Entendimiento relativo a la Interpretación del Artí´culo XVII - 2005
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